Es habitual en la judicatura española la aplicación de criterios distintos para delitos semejantes. No voy a referirme ahora a los delitos económicos, a pesar de su sangrante presencia y disparidad de procedimientos seguidos en algunos casos. Sino a otro tipo de delitos mucho más cercanos, conocidos como "comunes".
Si usted es detenido en un control de carreteras por la Guardia Civil y da positivo en el test de alcoholemia y de drogas, es un agravante de la multa y pena que se le imponga.
Pero si usted es un toxicómano habitual y atenta contra alguien con intenciones homicidas, o practica un robo, su estado de dependencia es un atenuante.
Las drogas están ahí, en la calle. Y is usted decide libremente entrar en su consumo y adicción debe asumir las consecuencias de todo lo que haga mientras consuma , o deje de hacerlo. Debe ser un agravante su situación de toxicómano en cuanto delito cometa.
Pensar que el toxicómano no es plenamente consciente de sus actos supone una disminución de su libre albedrío, y la sociedad no debería hacerse responsable de su deficiencia ; que en la práctica es lo que hace al otorgarle esa "incapacidad volitiva".
Si la sociedad considera que algunos de sus miembros no son totalmente responsables de sus actos, es decir, se encontrarían en una situación semejante a la de minoría de edad, ¿esa "irresponsabilidad" no les afectaría forzosamente en otros actos de su comportamiento social, como el votar en unas elecciones? ¿O solo son "irresponsables" cuando delinquen?
La cuestión estriba en que según las diferentes situaciones parece ser que la adicción a las drogas y la ingesta de alcohol influyen en la consideración de fiscales y jueces , agravando o atenuando la pena. Lo que se presta a conclusiones poco claras para una "ética civil".